para restaurar el sistema operativo, las aplicaciones y los datos en caso de ocurrir algún desastre. Además, debemos tener presente lo que estudiamos en la primera unidad referido a la Agencia Española de Protección de Datos; recordemos las exigencias de dicha entidad a las empresas que almacenan datos personales de usuarios: estas deberán realizar copias de seguridad de los datos recogidos en sus equipos.
Estas copias de seguridad se podrán realizar en multitud de soportes de almacenamiento, cintas, CD, DVD, en discos duros externos o en dispositivos de almacenamiento remotos.
Según un estudio realizado por la Universidad de Texas, solo el 6 % de las empresas que tienen pérdidas catastróficas de datos logran seguir su actividad frente a un 43 % que nunca podrán reabrir su negocio; el resto tendrá que cerrar en dos años.
Según información publicada en The Guardian una empresa incapaz de acceder a sus datos durante diez días nunca se recuperará totalmente: el 43 % de ellas irá a la bancarrota, ya que una parada de tan solo cuatro horas puede costa
rle hasta un 30 % de sus ingresos mensuales a una compañía de servicios de telecomunicaciones e infraestructura.
Otro punto en el que deberíamos pensar es cómo destruir de manera segura los soportes donde hemos guardado los datos, ya que en numerosos casos se almacena información confidencial. Debemos evitar que, una vez que consideremos la máquina obsoleta para nuestra empresa y la tiremos o la reciclemos, vendiéndola a empresas oa particulares con menos necesidades que nosotros, estos puedan leer la información confidencial del disco. En el mercado existen diversos métodos que garantizan la destrucción de los datos.
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